Sin categoría    |    13/11/2019

El Tribunal Supremo declara abusiva la cláusula posiciones deudoras

El pasado 25 de octubre de 2019 el Tribunal Supremo por primera vez declaró abusiva una cláusula de reclamación de posiciones deudoras.

Dicha comisión implica que por impago o retraso de una sola cuota hipotecaria se cobra al consumidor una cantidad fija, independientemente del interés de demora aplicable, que, dependiendo de la entidad, puede variar entre 15 € y 30 € o incluso 50 € por impago o retraso.

La base para declarar nula por abusiva esta cláusula se basa en la falta de las exigencias que el Banco de España prevé, pues es una cláusula de reclamación reiterativa y automática, que se produce desde la inefectividad de la cuota hipotecaria. También basa su nulidad por abusiva el hecho de que no identifica la gestión se lleva a cabo con el cobro de dicha comisión, por lo que no se puede decir que ello genere un gasto efectivo, ES DECIR, NO RESPONDE A UN SERVICIO REAL O EFECTIVAMENTE PRESTADO; siendo que además se suma a los intereses de demora por la falta de pago otra sanción por el mismo concepto, siendo redundante y desproporcionada, como ya adelantábamos en nuestro blog: https://www.clausulawin.com/abusividad-del-interes-demora-las-comisiones-impago/

Ello entra en contradicción con resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en las que se indica que no puede existir solapamiento entre gastos o servicios, así como que una comisión que permite la retribución sin contrapartida del riesgo del préstamo es de por sí abusiva, puesto que dicho riesgo está cubierto por las consecuencias legales y contractuales del impago.

Desde ClausulaWin recomendamos que si tiene esta cláusula, se la hayan aplicado o no, contacte con nosotros para estudiar su caso y reclamar la nulidad de la misma.