Cláusulas suelo    |    20/01/2018

Cláusulas suelo con acuerdo privado

Es una cuestión que suele ser objeto de duda por parte de aquéllos prestatarios que tienen cláusula suelo: si firmé un acuerdo de supresión de la cláusula suelo con el banco, ¿puedo demandar?

 

De hecho, desde Cláusulawin estimamos que alrededor del 80% de clientes que todavía no han demandado tienen ese perfil, es decir, firmaron un acuerdo con su banco.

 

Y al haber firmado dicho acuerdo, les asalta la duda a la hora de reclamar.

 

La respuesta es afirmativa, se puede demandar. Además, no solo aunque hayamos firmado un acuerdo por el que se eliminó nuestra cláusula suelo, sino también cuando hayamos percibido un cantidad a la firma de ese acuerdo, siempre y cuando fuera inferior a la que realmente correspondía.

 

Aunque los Juzgados ya estaban fallando en estos casos a favor del consumidor, el Tribunal Supremo dejó zanjada la cuestión en su Sentencia de 16 de octubre de 2017, que dice, de forma tajante:

 

«La novación es nula si lo fuere también la obligación primitiva, salvo que la causa de nulidad sólo pueda ser invocada por el deudor, o que la ratificación convalide los actos nulos en su origen».

 

La referida Sentencia puede descargarse aquí: STS 19 de octubre de 2017.

 

En Cláusulawin ya hablamos de este tema, repasando las distintas corrientes doctrinales al respecto:

 

 

Lógicamente hay muchos tipos de acuerdo firmados con el banco y no todos son iguales, por lo que le recomendamos contacte con nosotros para realizar un estudio preliminar de la viabilidad de su reclamación.