Desde hace tiempo una posibilidad recurrente a fin de reclamar los derechos de los consumidores venía a ser la demanda colectiva, un instrumento jurídico que permite que un colectivo, de mayor o menor número de consumidores, puedan solicitar la eliminación de una cláusula abusiva, cesando así sus efectos, y que se les reintegre lo cobrado indebidamente.
Sin embargo, los periodos de resolución son extremadamente extensos, debido a la cantidad de consumidores que pueden adherirse a dicha demanda colectiva, así como que puede dirigirse frente a una sola entidad o frente a una pluridad de ellas. El juzgador sobre el que recaiga el peso de dictar un fallo sobre dicha demanda deberá atender caso por caso, ya que cada consumidor es distinto y no en todos los casos existe falta de información o bien puede darse la situación que un demandante no haya solicitado el préstamo para la compraventa de un bien de consumo, sino para un fin lucrativo, lo cual dificultaría la labor de los juzgados a fin de determinar qué demandante deviene consumidor y cual no, a cual se le ha ofrecido información previa a la firma del préstamo hipotecario y a cual no, entre otras cuestiones.
A su vez debe destacar que dependiendo del acuerdo con el que se haya llegado con el despacho en particular que vaya a presentar la demanda colectiva, el coste de la misma puede variar, ya que si existe un previo pago más una cuota mensual o anual el coste dependerá por cada cliente del momento en que se interponga la demanda, se tramite ésta y, finalmente, se resuelva, dado que la condena en costas sería baja en relación con el trabajo efectuado por el propio despacho.
Por otra parte, se debe indicar que el juzgado puede inadmitir a trámite la demanda, siendo una causa de inadmisión la cantidad de demandantes, ya que, como se ha indicado anteriormente, dichos demandantes pueden ser consumidores o no, exista falta de información previa o no, o bien unos consumidores en el ínterin de la tramitación de la demanda y su resolución, la entidad bancaria puede haber llegado a un acuerdo con el demandante en particular.
La inadmisión de la demanda conlleva no solo que se deba interponer una demanda individual por cada cliente, sino que todo lo abonado anteriormente resulte perdido (dependiendo del acuerdo con cada despacho de abogados).
Desde Cláusulawin recomendamos encarecidamente la demanda individual de consumidores frente a las entidades bancarias, siendo que su tramitación es más rápida, riesgo de inadmisión de la misma menor a la colectiva y el gasto para el cliente es menor, así como el riesgo de obtener una sentencia desestimatoria, siendo que para asuntos de nulidad de condiciones de la contratación el despacho asume las costas originadas por la pérdida del procedimiento, siempre bajo estudio previo.
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