Cláusulas suelo    |    18/02/2018

¿Puedo reclamar la devolución por cláusula suelo si el banco ya me devolvió una parte?

Existían muchas dudas al respecto, es decir, si la devolución por cláusula suelo era posible cuando el consumidor ya había firmado un acuerdo con su entidad por el que había recibido una cantidad de dinero.

 

En reciente Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº3 BIS de Albacete se confirma que sí, es posible solicitar el resto de lo que nos pertenecía por aplicación de la cláusula suelo, cuando la entidad bancaria ya nos ofreció una cantidad y la aceptamos, en este caso 2.500 Euros.

 

Entre otras cuestiones, la Sentencia pone el acento en que no se informa al cliente de que podía haber obtenido más dinero (ya que la cantidad ofrecida no se correspondía con el total a devolver por aplicación de la cláusula suelo), además de que este tipo de acuerdos incluyen una intencionada renuncia de derechos para el consumidor, concretamente se le obliga a renunciar a su derecho a reclamar, para impedir el pleno resarcimiento de las cantidades cobradas indebidamente.

 

Por tanto, aunque se firmara un acuerdo con la entidad bancaria y aceptásemos la devolución que se nos ofrecía, si la misma no se correspondía con el total de lo cobrado de más por aplicación de la cláusula suelo, podemos reclamar el resto.

 

Puedes descargar la Sentencia AQUÍ.