Lo mas común es hablar, como venimos haciendo a lo largo de nuestro blog, de las clausulas abusivas mas comunes, como pueden ser el IRPH, la cláusula suelo o los gastos hipotecarios, pero tal y como se plasmó en uno de nuestros videos, otra clausula abusiva y de gran importancia es la cláusula del afianzamiento.
Se podrá liberar al avalista en caso de incumplimiento del deudor principal prestatario cuando se cumplan los siguientes requisitos:
– Que concurra la condición de consumidor.
– Que la clausula de afianzamiento haya sido impuesta por la entidad bancaria y en ningún caso haya sido negociada.
– Falta de información en cuanto a lo que supone la renuncia de los beneficios de excusión, orden y división, términos que para un consumidor medio sin formación financiera pueden resultar cuanto menos complejos de entender, máxime si cómo decimos, ni siquiera la entidad bancaria se para a explicarlos. Consisten en que la entidad bancaria debe agotar y dirigirse primero contra el deudor principal y agotar todos sus bienes, para poder después dirigirse contra el avalista, así como que el derecho de división se refiere a la porción o porcentaje de la que debe responder el avalista
– Falta de información entre lo que supone una fianza ordinaria de una solidaria que es en lo que de verdad se convierte el avalista por culpa de dicha cláusula, es decir el consumidor tiene la creencia errónea de que se encuentra ante un afianzamiento ordinario, pero en realidad pasa a ser fiador solidario del deudor.
Si cumples todos los anteriores requisitos puedes conseguir que se te libere de avalista en el préstamo hipotecario.
No dudes en contactar con nosotros para que estudiemos tu situación de forma gratuita.